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Una de las grandes dudas que ha generado el anuncio del presidente Gustavo Petro de convertir en gestores de paz a los jóvenes detenidos en el marco del paro nacional de 2021, tiene que ver con una supuesta amnistía, mencionada especialmente por sectores de la oposición. Sin embargo, el ministro del Interior, Alfonso Prada, realizó varias precisiones sobre esta medida que, de acuerdo con el jefe de Estado, se cumplirá antes de Nochebuena.

En diálogo Prada sostuvo que la legislación actual le permite al Gobierno nacional adoptar varios mecanismos para la liberación de estas personas. En primera instancia, está la Ley 418 que convierte la propuesta de Paz Total en política de Estado, y la recién expedida Ley 2272 que, si bien es una prórroga de la anterior, contempla la figura de gestores de convivencia que, en manifestaciones, cumplen la función de ser voceros del presidente.

De igual manera, precisó que cada caso será estudiado en compañía de otras dependencias, como el Ministerio de Justicia, la Fiscalía General de la Nación y los jueces competentes que lideran cada proceso. De igual manera, aclaró que esta medida no configura proceso alguno de amnistía.

“Es muy importante señalar que aquí no existe ni amnistía, no existe indulto, no existe perdón judicial. Es una medida simplemente transitoria que nos permitirá utilizar de la mejor manera posible a los líderes juveniles que en medio de la protesta tuvieron un comportamiento que fue censurado por la justicia”, detalló el ministro Alfonso Prada al medio citado.

Por el momento el ministro confirmó que serán analizados alrededor de 230 casos, sin embargo, el de sujetos como Sergio Andrés Pastor, alias 19, sean estudiados por el Gobierno.

Actualmente, el líder de la Primera Línea cumple una condena de 14 años y seis meses de prisión por los delitos de tortura y concierto para delinquir. De acuerdo con el delegado contra la criminalidad organizada de la Fiscalía General de la Nación, Javier Enrique García, la condena contra alias 19, de 31 años, fue impuesta en primera instancia por un juez especializado de Bogotá. La sentencia se sustenta en la contundencia del material de prueba que existe contra él y los otros tres condenados en el mismo juicio: Marcela Rodríguez Parra, Johan Steven Sainea Rubio y Fernando Urrea Martínez, quienes hacían parte del grupo que acampaba en el Portal Américas.

Protestas del paro nacional

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