Este martes el Consejo de Estado aclaró el alcance de la decisión que mantuvo la suspensión provisional de las normas que regulan la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales, a través del llamado ‘fracking’ o estimulación hidráulica (Decreto 3004 del 26 de diciembre de 2013 y la Resolución n.° 90341 del 27 de marzo de 2014).
La Sección Tercera del alto tribunal dijo que el alcance de esta decisión «no impide la realización de proyectos piloto integrales de investigación (PPII) sobre el fracking», pruebas que fueron recomendadas en el informe de la comisión de expertos que había solicitado el Gobierno.
Sin embargo, esta decisión, que mantiene la suspensión del fracking pero permite los pilotos de investigación -no se permite con fines comerciales-, no es una decisión de fondo frente a la demanda de nulidad contra las normas que regulan esa técnica. La demanda aún está en etapa de pruebas y el Consejo de Estado está recogiendo testimonios y espera un informe técnico y científico sobre el tema que debe elaborar la Universidad Nacional.
La decisión de fondo sobre este temas se estaría dando en el 2020, aunque desde noviembre del 2018 están suspendidas las normas que regulan el fracking y la semana pasada el alto tribunal decidió mantener esta medida cautelar mientras cursa una demanda contra estas normas, al derrotar la ponencia que pedía levantar las medidas cautelares (al resolver una solicitud de Ecopetrol).